15 de octubre de 2007
El pasado 13 de octubre, la Asamblea Legislativa de el Salvador exhortó a las autoridades de los ministerios de Trabajo y Economía, así como a la Procuraduría General de la República, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y Policía Nacional Civil a redoblar inmediata y urgentemente las acciones legales para que a los trabajadores y trabajadoras de la sociedad LIDO Industrias S.A de C.V se les haga efectivo el pago de sus respectivas indemnizaciones | ||
y demás prestaciones laborales establecidas por la ley reconocidas en la Constitución de la República, Código de Trabajo y en la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización. |
El llamado, hecho en prensa escrita, tiene como base el embargo preventivo que el Juzgado de Primera Instancia de San Juan Opico resolvió en contra de LIDO, reconociendo además que dicha industria, de capital coreano, violentó los derechos laborales de hombres y mujeres que ahí trabajaban mediante el cierre ilegal de las instalaciones, adeudando salarios, indemnizaciones y prestaciones sociales.
Lo lamentable es que el caso LIDO representa uno de entre cientos que año con año son denunciados, muchos de ellos registrados en el Centro de Atención Legal de ORMUSA. Generalmente la industria textil encabeza las violaciones a lo derechos laborales en todas sus manifestaciones, pero también otro tipo de empresas, por ejemplo de los sectores comercio y servicios, incumplen a sus trabajadores y trabajadoras el pago de salarios y prestaciones sociales. De esta manera, ejemplos como el de la industria LIDO dejan en evidencia la debilidad jurídica y operacional de las instituciones competentes en el aparato estatal, ya que los empleadores que cometen delito pueden, entre otras acciones, salir fácilmente del país, cambiar de nombre las empresas rápidamente y negociar el cumplimiento de su responsabilidad, es decir, pueden pedir no pagar completamente lo que le corresponde a sus trabajadores y trabajadoras.
En sus informes, las autoridades gubernamentales reconocen que son 1800 personas afectadas por el cierre de la empresa LIDO, contrario a lo que algunas/os trabajadoras/es estimaban un cifra aproximada de 3000. Pero más allá de la cifras, el verdadero impacto es la desprotección laboral a la que los y las salvadoreñas tienen que enfrentarse. Bien podría ser solamente una persona la afectada y de igual forma es responsabilidad del Estado garantizar que ella acceda a toda la protección de la ley laboral y al cumplimiento de sus derechos.
La Asamblea también recalcó que entre las personas afectadas hay 100 mujeres en estado de embarazo, quienes además de haber perdido su fuente de empleo se han quedado sin el pago de las prestaciones por maternidad establecidas en las leyes laborales ¿Cómo se garantizará ahora el derecho de estas mujeres?, y es que una vez sin empleo las mujeres en estado de gravidez ya no podrán acceder al Seguro Social, es decir, su acceso a la salud tendrá que correr por sus propios recursos económicos, aumentándoles así un peso más a su ya grave situación de desempleo y desprotección laboral.
Por su parte, el Ministro de Trabajo, en declaraciones a medios de televisión, este día dio a conocer que realizarán una feria de empleo para los trabajadores y trabajadoras de la empresa LIDO, sin embargo, ello no asegura que todas las personas puedan acceder en dicho evento a un nuevo centro de trabajo. Además, teniendo en cuenta que en el sector industria y textil predomina la contratación de mano de obra barata, nada asegura que los trabajadores y trabajadoras no accedan a otro empelo donde violenten de igual manera sus derechos laborales, es decir, tienen todas las probabilidades de que la historia que hoy viven vuelva a repetirse por la debilidades del Estado en el tema de la protección laboral.
«El trabajo es una función social que goza de la protección del Estado (Art. 37 Cn)», reza uno de los incisos publicados por los legisladores y legisladoras que establece la implementación de medidas institucionales orientadas a garantizar el fiel cumplimiento de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras de El Salvador.
Y tomando en cuenta esa premisa del Art. 37, las organizaciones sociales como ORMUSA, también exhortamos a las instancias gubernamentales correspondientes a prevenir la fuga de empresarios que cometen delitos, a no permitir ni potenciar la negociación de los derechos laborales, a dar especial protección en el tema de salud y garantizar la colocación o contratación para las trabajadoras despedidas en estado de embarazo; a crear un fondo especial para garantizar el pago de salarios, indemnizaciones y demás prestaciones a trabajadores y trabajadoras en situación similar al caso de la industria LIDO, y a garantizar empleos decentes para los y las salvadoreñas, tal como lo establece la Organización Internacional del Trabajo. Asimismo, también apelamos al papel de la Asamblea legislativa de nuestro país para que continúe vigilando el entorno laboral, denunciando los hechos ilícitos y a la formación de leyes y procedimientos que eviten este tipo de prácticas y fomenten un verdadero ejercicio de los derechos laborales, que son fundamentalmente derechos humanos.